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Calculadora de impuesto de bienes inmuebles

Escribí el valor registrado de tu propiedad y te decimos cuánto pagás al año, al semestre y al trimestre.

₡

Es el valor de la base de datos municipal, no el precio de mercado. Si compraste por más, desde la inscripción vale el de la escritura.

Impuesto anual estimado

₡148.003

₡37.001 por trimestre o ₡74.002 por semestre

Cálculo del impuesto de bienes inmuebles
Valor registrado₡80.000.000
Rebaja por bien únicoLey 7509, art. 4, inciso e−₡20.799.000
Base imponible₡59.201.000
Impuesto anual0,25 % — Ley 7509, art. 23₡148.003

El recibo municipal suma otras tasas (basura, aseo de vías) que no son parte de este impuesto.

Cómo se calcula

La fórmula es (valor registrado − rebaja si aplica) × 0,25 %. La tarifa es igual en todo el país (Ley 7509, artículo 23); lo que cambia entre cantones son los valores de terreno y construcción que usa cada municipalidad.

  • La rebaja por bien único es de 45 salarios base (₡20.799.000 en 2026) y no es automática.
  • Si no presentás la declaración cada cinco años, la municipalidad puede valorar de oficio y multarte con la diferencia.
  • No es el impuesto de traspaso, que se paga una vez al comprar, ni el impuesto solidario de Hacienda.
Leer la guía del impuesto de bienes inmuebles →

Preguntas frecuentes

¿Cómo se calcula el impuesto de bienes inmuebles?

Es el 0,25 % del valor de la propiedad registrado en tu municipalidad (Ley 7509, artículo 23). Si es tu único inmueble, primero se resta la rebaja por bien único.

¿Cuánto es la rebaja por bien único en 2026?

No paga el inmueble que sea bien único de una persona física hasta 45 salarios base: con el salario base de ₡462.200, son ₡20.799.000. Si vale más, se paga solo sobre el exceso. Hay que solicitarla en la municipalidad.

¿Sobre qué valor se paga, el de compra o el del Registro?

Sobre el valor que tiene la municipalidad en su base de datos al 1 de enero. Cuando comprás por más de ese valor, o inscribís una hipoteca mayor, la base sube al monto de la escritura (artículo 14).

¿Cada cuánto se paga?

Es anual, pero cada municipalidad decide si se paga en un solo pago, en dos o en cuatro cuotas trimestrales (artículo 22). Muchas permiten pagar el año completo en el primer trimestre.

Fuentes

Es una estimación para orientarte, no asesoría legal, tributaria ni técnica. Confirmá los montos con tu notario, tu municipalidad o un profesional inscrito en el CFIA antes de decidir.